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dc.contributor.advisorPineda Ancco, Javier Socrates
dc.contributor.authorMedina Alvarez, Li Giancarlo Jhonatan
dc.date.accessioned2019-10-22T18:14:31Z
dc.date.available2019-10-22T18:14:31Z
dc.date.issued2019-08-07
dc.identifier.urihttp://repositorio.unap.edu.pe/handle/20.500.14082/11863
dc.description.abstractEl Derecho Tributario suele ser asociado a una descripción meramente cuantitativa, calificando que su ejercicio implica determinación de cifras o cálculos. Precisamente, un tema que resulta poco estudiado para los Abogados es el Sistema de Detracciones, y propiamente dentro de este, el Procedimiento de Ingreso como Recaudación, que regula el traslado del dinero de la cuenta del Banco de la Nación a una cuenta de SUNAT que atenta contra el Principio de No Confiscatoriedad regulado en el Art. 74 de la Constitución Política del Perú, y se vulnera el Derecho al Debido Proceso, por ser procedimiento expeditivo, sin la debida motivación, limitando el derecho a la defensa frente a un nuevo órgano. Por ello, se planteó como PROBLEMA ¿Existe vulneración al Principio de No Confiscatoriedad y el Derecho al Debido Proceso en el Procedimiento de Ingreso como Recaudación del Sistema de Detracciones que aplica la Administración Tributaria?, y como OBJETIVO: Determinar la existencia de vulneración al Principio de No Confiscatoriedad y el Derecho al Debido Proceso en el Procedimiento de Ingreso como Recaudación del Sistema de Detracciones que aplica la Administración Tributaria; se realizó una Investigación Cualitativa, de tipo Explicativa, con el método Analítico e Inductivo, y en base a una Investigación Jurídica Empírica; la investigación permitió determinar que no existe una regulación adecuada, pues hay vulneración de derechos y principios; se determinó que el Artículo 74° de la Constitución que regula al Principio de no Confiscatoriedad, debe aplicarse al procedimiento de ingreso como recaudación, asimismo el debido proceso constituye una garantía que permite desarrollar los procesos de manera justa, y la regulación actual del ingreso como recaudación es irregular pues vulnera el principio de con Confiscatoriedad al apropiarme de los fondos del contribuyente y el debido proceso al no respetar las garantías que la componen, tales como debida motivación, nen bis in ídem, notificación validad, autoridad competente, entre otros.es_PE
dc.description.uriTesises_PE
dc.formatapplication/pdfes_PE
dc.language.isospaes_PE
dc.publisherUniversidad Nacional del Altiplanoes_PE
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_PE
dc.rights.urihttps://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.eses_PE
dc.sourceUniversidad Nacional del Altiplanoes_PE
dc.sourceRepositorio Institucional - UNAPes_PE
dc.subjectDerecho Procesal Administrativoes_PE
dc.subjectPrincipio de No Confiscatoriedades_PE
dc.subjectDebido Procesoes_PE
dc.titlePrincipio de No Confiscatoriedad y derecho al debido proceso en el procedimiento de ingreso como recaudación del Sistema de Detraccioneses_PE
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/masterThesises_PE
thesis.degree.nameMagister Scientiae en Derecho con mención Derecho Administrativo y Gerencia Públicaes_PE
thesis.degree.disciplineDerechoes_PE
thesis.degree.grantorUniversidad Nacional del Altiplano. Escuela de Posgradoes_PE
thesis.degree.levelMaestríaes_PE


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