Abstract:
Las cuestiones más debatidas de la prueba pericial es su naturaleza jurídica, siendo fundamental dotarle de máxima eficacia, la misma que permitirá al juez que logre un correcto enjuiciamiento de los hechos controvertidos, es así que, en la doctrina se encuentran dos posturas, siendo la primera cuando es tratada como medio de prueba y segundo cuando es tratada como un mecanismo de auxilio del Juez. Al respecto, se tiene que, en el Segundo Juzgado de Familia de Puno, la pericia psicológica viene siendo tratada como mecanismo de auxilio del juez, por lo que no se está garantizando su actuación en audiencia única, menos aún se está aplicando los criterios de su valoración, generándose fallos que pondrían en riesgo el interés superior del niño, niña y adolescente en los procesos de tenencia, de tal forma que, como objetivo general se plateó: Analizar la naturaleza jurídica de la prueba pericial y su actuación en los procesos de tenencia en audiencia única y determinar los criterios de su valoración, en el en el Segundo Juzgado de Familia de Puno en el periodo 2018-2022; para alcanzar el objetivo se aplicó como metodología de investigación un enfoque cualitativo; como técnica la observación y el análisis documental y como instrumento la ficha de análisis documental aplicada a una muestra de 65 sentencias de tenencia emitidas por el mismo juzgado; llegándose a determinar que la pericia psicológica no está siendo tratada como medio de prueba ni actuada como tal, menos aún evaluada bajo los tres criterios de objetividad, subjetividad y de identidad de la data de la prueba pericial, generando un riesgo al interés superior del niño, niña y adolescente, evidenciándose que la aplicación de la prueba pericial es un factor clave para una correcta sentencia en torno al otorgamiento de la tenencia.