Abstract:
El estudio escudriña tres tópicos; el primero referido a la configuración típica de los delitos de lesa humanidad, aquí se discutió sobre los presupuestos diferenciadores respecto al delito común; segundo, centra su debate sobre la problemática de la competencia del estado peruano para perseguir y procesar estos delitos. Por último, la investigación discute si los delitos de lesa humanidad deben prescribir o su persecución es indefinida. OBJETIVO: Establecer y analizar la configuración de los delitos de lesa humanidad, la competencia para perseguir y la prescripción de la acción penal en los casos de lesa humanidad. METODOLOGÍA: La investigación es de enfoque cualitativo y se utilizará el diseño Dogmático. RESULTADOS: (i) La configuración de los delitos de lesa humanidad implican la concurrencia de los siguientes elementos: Ataque sistemático, grave atentado contra la vida y la integridad, La afectación simultánea y plural de bienes jurídicos, ataque a una población civil. (ii) El estado peruano no tiene competencia para perseguir, procesar y sancionar los delitos de lesa humanidad, porque la legislación peruana adolece de un vacío normativo, al no estar tipificados en el Código Penal los delitos de lesa humanidad, de ahí nace la necesidad de tipificar este delito. (iii) Los delitos de lesa humanidad deben ser prescriptibles, dado que, nadie puede sufrir una persecución penal de por vida (eterna), sino que la persecución siempre debe tener un límite temporal.