Abstract:
La investigación analiza la problemática surgida a partir de los pronunciamientos contradictorios de la judicatura, por un lado, señalan que la nulidad de Prescripción Adquisitiva debe ser atacada invocando las causales del artículo 219 del CC, sin embargo, en otros casos declaran improcedente las demandas bajo esas causales, indicando que se debe postular como nulidad de acto notarial aplicando normas notariales, la investigación se realizó en Puno; año 2017.OBJETIVO: Analizar y establecer cómo se delimita la pretensión y las causales para postular la nulidad de prescripción adquisitiva de dominio y establecer la responsabilidad notarial al inobservar los requisitos y los procedimientos señalados por Ley. METODOLOGÍA: Tiene un enfoque cualitativo y se utilizó el diseño Dogmático. RESULTADOS: (i) Para postular la pretensión de nulidad de una Prescripción Adquisitiva de Dominio debemos delimitar principalmente si el instrumento público notarial contiene un acto jurídico o un acto notarial y a partir de ello establecer las causales. (ii) Los requisitos y procedimientos para tramitar la Prescripción Adquisitiva de Dominio están contenidos en la Ley N°27333, D.L. N° 0035-2006-MTC, Código Procesal Civil, Código Civil, Ley N° 26662. (iii) Los notarios que inobservan los requisitos y los procedimientos contenidos en las normas que regulan el otorgamiento de la prescripción adquisitiva tienen responsabilidad civil y administrativa, sin embargo, no tienen responsabilidad penal.