Abstract:
La problemática se configura cuando el agraviado en el proceso penal no se ha constituido en Actor Civil y el Ministerio Público asume la acción civil, y consigue la reparación civil en sede penal, y al mismo tiempo el agraviado recurre a la vía civil, demandando indemnización de daños y perjuicios y ésta es concedido imponiendo otra reparación civil respecto al único daño. OBJETIVO: Establecer los presupuestos para imponer la reparación civil en el proceso penal y las implicancias de la cosa juzgada en sede penal como límite para recurrir al proceso civil. METODOLOGÍA: La investigación es de tipo cualitativo y de diseño dogmático. RESULTADOS: (i) Los presupuestos para imponer la reparación civil derivada de un hecho punible están referidos; al daño causado, antijuricidad del daño, nexo de causalidad y factores de atribución. (ii) La reparación civil establecida en la sentencia penal debe representar un límite para recurrir al proceso civil y solicitar nuevamente indemnización de daños y perjuicios por un mismo hecho dañoso, ello por atentar la cosa juzgada. (iii) La reparación civil debe discutirse únicamente en el proceso penal o civil, pero no simultáneamente a fin de evitar la doble sanción civil, para ello es necesario proponer un proyecto de ley para regular y optimizar el ordenamiento jurídico respecto a la reparación, ello con la incorporación de un supuesto en el artículo 106 del Código Procesal Penal.