TRABAJO DE SUFICIENCIA PROFESIONAL
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Examinando TRABAJO DE SUFICIENCIA PROFESIONAL por Autor "Valdez Peñaranda, Jovin Hipolito"
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- info:eu-repo/semantics/bachelorThesisEl delito de usurpación y la antijurídicidadCalsin Tapia, José Gabriel; Valdez Peñaranda, Jovin Hipolito , 2019-11-12 - (Universidad Nacional del Altiplano. Repositorio Institucional - UNAP)En el presente se hace un análisis, basado en un expediente penal, sobre el delito contra el patrimonio en su modalidad de usurpación, delito regulado y sancionado en artículo 202° y 204° del Código Penal Peruano, en donde se entiende que para comisión de este delito el agente debe actuar en contra o sobre los bienes inmueble ajenos; diferenciándolo de esta manera de otros delitos contra el patrimonio. En ese entender en el mismo se desarrolla un análisis constitucional, legal, doctrinal y jurisprudencial sobre el delito de usurpación solo en relación al caso concreto, despojo de la posesión mediante violencia y con la intervención de dos o más agentes. El método de la presente investigación es el método cualitativo, analítico-dogmático.
- info:eu-repo/semantics/articleEstudio sobre el caso del delito de estafa presupuestos y configuración penalMonroy Quispe, Gianina Jackeline; Valdez Peñaranda, Jovin Hipolito , 2019-12-10 - (Universidad Nacional del Altiplano. Repositorio Institucional - UNAP)El estudio busca demostrar que, para la configuración del delito de estafa es vital la concurrencia secuencial y ordenada de los elementos típicos que lo conforman. Asimismo, se propone demostrar que de modo alguno puede confundirse el delito de estafa con el incumplimiento de una obligación contractual. Todo ello se analizará a la luz de un caso concreto de estafa tramitado en el Juzgado Penal Unipersonal de Puno, (Expediente-N°-01836-2014-0-2101-JR-PE-02, 2014). El delito de Estafa es tipificado en el Artículo 196 del Código Penal, dentro del Capítulo de Estafa y otras defraudaciones, dicho tipo penal para su materialización exige la concurrencia secuencial de los elementos constitutivos; es decir, el agente debe engañar al sujeto pasivo y producto de ello, el sujeto pasivo debe caer en error, el mismo que debe ser suficiente para disponer de parte o del total de su patrimonio, lo cual le genera un perjuicio, todo en beneficio del agente o de un tercero.