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    Examinando por Autor "Coaquira Velasco, Rogger Rosell"

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      info:eu-repo/semantics/masterThesis
      Concurso aplicable entre los delitos tipificados en los artículos 122°-B numeral 6 y 368° del Código Penal
      Coaquira Velasco, Rogger Rosell; Canal Alata, Rosario Viviana , 2024-07-17 - (Universidad Nacional del Altiplano. Repositorio Institucional - UNAP)
      La consecuencia de realizar nuevos actos de agresión de manera ulterior a la emisión de medidas de protección conlleva a que el agresor se encuentre inmerso dentro del delito tipificado en el artículo 122-B numeral 6), como dentro del establecido en el artículo 368° del Código Penal; así, surge la problemática de si estamos frente a un aparente concurso de normas o ante un concurso ideal de delitos; en esa línea, la investigación desarrollada tuvo como objetivo, determinar cuál es el concurso aplicable en los supuestos en que se suscite una conducta que se subsuma en los tipos penales descritos en el Código Penal a través de sus artículos 122°-B numeral 6 y 368°; más aún, si la Corte Suprema de la República ha manifestado su predilección por el concurso aparente de normas; misma que se efectuó bajo un enfoque cualitativo, de tipo interpretativo-explicativo y diseño de teoría fundamentada, utilizando el método dogmático, sistemático y de argumentación jurídica, constituyendo la investigación una de tipo o nivel explicativo. Obteniéndose como resultados, que los fundamentos para adoptar un concurso aparente de normas son la especialidad, favorabilidad, proporcionalidad, consunción y el principio ne bis in ídem, mientras que para asumir un concurso ideal de delitos son la prisión preventiva, política criminal, conducta pluriofensiva y desvalorización; finalmente, se concluyó que nos encontramos ante un concurso ideal de delitos, en tanto existe una conducta pluriofensiva y declinarse por un concurso aparente de normas desvaloriza el bien jurídico protegido del tipo penal desplazado.
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      info:eu-repo/semantics/bachelorThesis
      Estudio al sistema de pena aplicable al concurso real de delitos y su afectación a los principios de reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado
      Coaquira Velasco, Rogger Rosell; Deza Colque, Rene Raul , 2022-11-09 - (Universidad Nacional del Altiplano. Repositorio Institucional - UNAP)
      Nuestro ordenamiento jurídico adopta como sistema de pena aplicable al concurso real de delitos, la sumatoria de penas, conforme a los artículos 50° del Código Penal modificado mediante la Ley N° 28730; la consecuencia inmediata es una condena extensa. A partir del cual, se ha establecido como objetivo, determinar si el actual tratamiento legislativo respecto al sistema de pena aplicable al concurso real de delitos afecta los principios de reeducación, rehabilitación y reincorporación plasmados en el artículo 139° inciso 22) de la Constitución; para cuyo efecto, se ha disgregado este objetivo general en tres partes, como son: Determinar los fundamentos que conllevaron a la adopción del actual sistema de penas, determinar si existe disparidad entre la finalidad normativamente reconocida para la pena y la finalidad perseguida por la sumatoria como sistema de pena; y, finalmente advertir los efectos del sistema de penas aplicable al concurso real de delitos que afectan la finalidad de la pena. La investigación ha empleado un enfoque cualitativo, con diseño dogmático-jurídico y documental; se ha optado como métodos de investigación por el dogmático, inductivo y hermenéutico, en tanto la investigación es de tipo descriptivo y explicativo. En esa línea, se ha concluido que la razón esencial que conllevó a adoptar el sistema de sumatoria de penas es pretender contrarrestar la criminalidad a través de la agravación de penas; misma que se configura como un argumento demagógico en tanto no presenta respaldo objetivo y técnico; sistema de penas que genera periodos de encarcelación extensos que en suma aúnan el hacinamiento penitenciario existente, además de un gasto público inadecuado, lo cual difiere de la finalidad establecida para la pena, afectando la reeducación, rehabilitación y reincorporación como componentes de la resocialización reconocida constitucionalmente, en tanto no permiten se efectivicen estas últimas.
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