Abstract:
En el presente trabajo de investigación se abordó la problemática del principio de oportunidad en el derecho procesal penal, en cuanto a la participación del agraviado en el acuerdo reparatorio cuando el imputado que haya cometido un delito de poca cuantía o poca trascendencia social, puesto su intervención suele ser negativa, es decir en una postura de no conformidad con el acuerdo, incrementando la carga procesal, por ello nos preguntamos ¿Cuál es la naturaleza jurídica del acuerdo reparatorio en aplicación del Principio de Oportunidad y bajo qué criterios los fiscales interpretan el artículo 2 del Nuevo Código Procesal Penal, respecto al agraviado que no está conforme con el acuerdo reparatorio y cuáles son los fundamentos y fórmula legal que permita una compatibilidad plena del acuerdo reparatorio en aplicación del principio de oportunidad?, para responder, nos planteamos como Objetivo General determinar la naturaleza jurídica del acuerdo reparatorio en la Aplicación del Principio de Oportunidad y analizar los criterios que adoptan los Fiscales; interpretar el artículo 2 del Nuevo Código Procesal Penal, respecto al agraviado que no está conforme con el acuerdo reparatorio e identificar los fundamentos y fórmula Legal que permita una compatibilidad plena del acuerdo reparatorio en la Aplicación del Principio de Oportunidad, finalmente concluimos formulando una propuesta legal de modificación del Código Procesal Penal, con el fin de otorgar más facultades al Fiscal para llevar a cabo el acuerdo reparatorio con o sin la intervención del agraviado, a efectos de evitar el incremento de la carga procesal con delitos de menor lesividad.