Abstract:
La presente investigación plantea abordar la problemática respecto a cómo se concibe la facultad de ordenar actos de Investigación en el proceso penal actual a partir de los principios acusatorio e imparcialidad y en qué forma es concordante a la Constitución, la regulación del inciso 5 del artículo 346° del Código Procesal Penal, referido a la posibilidad de que el Juez de Investigación Preparatoria pueda ordenar actos de Investigación, en consecuencia, la presente investigación nos permitirá abordar las interrogantes referidas a si los principios acusatorio e imparcialidad a partir de su contenido, ¿permiten que el Juez pueda ordenar actos de investigación en el proceso penal acusatorio?, ¿Cómo está regulado en el Perú y el derecho comparado, la facultad de los jueces de ordenar la realización de actos de investigación en el proceso penal?, y si ¿Es constitucional del inciso 5 del artículo 346° del Código Procesal Penal?, referido a la posibilidad del Juez de ordenar actos de Investigación, planteándose la presente tres objetivos principales: en primer lugar establecer si los principios acusatorio e imparcialidad a partir de su contenido, permiten que el Juez pueda ordenar actos de investigación en el proceso penal acusatorio; en segundo lugar; analizar cómo está regulado en el Perú y el derecho comparado, la facultad de los jueces de ordenar la realización de actos de investigación en el proceso penal; y, finalmente, determinar la constitucionalidad del inciso 5 del artículo 346° del Código Procesal Penal, referido a la posibilidad del Juez de Ordenar actos de Investigación, aplicando para esto la metodología del tipo de investigación analítico – perspectivo, pues analiza el tema abordando las fuentes del mismo, además de efectuar un análisis central del tema.